Avisos al INM: domicilio, estado civil y empleo.
En pocas palabras
Como residente en México tienes la obligación de avisar al INM cuando cambia tu domicilio, tu estado civil, tu nacionalidad o tu empleo u ocupación. Hay un plazo para hacerlo y no cumplirlo puede traer multas y complicar renovaciones. Es un trámite sencillo si se hace a tiempo, y muy molesto si se acumula.
¿Es para ti?
- Si te mudaste de casa y no le has avisado al INM tu nuevo domicilio.
- Si te casaste, divorciaste o cambió tu estado civil desde tu última tarjeta.
- Si cambiaste de empleo, de empleador o de ocupación.
- Si vas a renovar o pedir la permanente y sospechas que tienes avisos pendientes.
Requisitos generales
- Tarjeta de residente y pasaporte
- Tu documento migratorio vigente y tu pasaporte, para identificar tu registro ante el INM.
- Comprobante del cambio de domicilio
- Un comprobante de domicilio a tu nombre, como recibo de servicios o contrato de arrendamiento, que acredite tu nueva dirección en México.
- Acta que acredite el cambio de estado civil
- Acta de matrimonio, divorcio o defunción, apostillada o legalizada si se emitió fuera de México y con traducción por perito si no está en español.
- Documentos del cambio de empleo u ocupación
- Carta de la nueva empresa, contrato o constancia que acredite el nuevo empleo u ocupación. Si el empleo exige autorización migratoria, se revisa antes de avisar.
- Solicitud o formato de aviso
- El INM tiene formatos y procedimientos para cada tipo de aviso, y suele pedir que se presenten en línea o en la oficina. Verificamos el procedimiento vigente.
- Pago de derechos, si aplica
- Según el tipo de aviso, puede haber o no pago de derechos conforme a la Ley Federal de Derechos vigente. Te lo confirmamos antes de presentar.
El procedimiento y los formatos para cada aviso cambian con frecuencia. Confirmamos el vigente para tu oficina y tu tipo de cambio.
Proceso paso a paso
-
Paso 1: Identificar qué cambió y cuándo
Revisamos qué cambios ocurrieron desde tu última tarjeta y cuándo, porque el plazo corre desde la fecha del cambio.
-
Paso 2: Reunir los comprobantes
Conseguimos los documentos que acreditan cada cambio, con apostilla y traducción cuando se necesitan.
-
Paso 3: Presentar el aviso al INM
Se presenta el aviso por el medio que corresponda, en línea o en oficina, y se conserva el acuse. Si hay varios cambios, se atienden todos juntos.
-
Paso 4: Actualización de tu registro y tarjeta
El INM actualiza tu registro. En algunos casos, el cambio implica también la actualización de tu tarjeta, que se tramita aparte.
-
Paso 5: Guardar el acuse y calendarizar
El acuse es tu prueba de cumplimiento. Lo guardamos junto a tu expediente para renovaciones o trámites futuros.
Tiempos estimados
| Plazo para avisar | La ley fija un plazo de noventa días naturales contados desde el cambio. Conviene hacerlo antes de que se acabe. |
|---|---|
| Preparación | De pocos días a una semana, según los comprobantes que tengas. |
| Actualización del registro | Suele ser rápida, pero depende de la oficina del INM. |
Errores frecuentes
- Mudarse y pensar 'se lo aviso al INM cuando renueve'. Para entonces el plazo ya pasó.
- Cambiar de empleo sin revisar si el nuevo trabajo exige una autorización distinta.
- Casarse o divorciarse y no avisar, lo que puede generar discrepancias entre tu tarjeta y tus actas.
- No guardar el acuse del aviso, que es la prueba de que cumpliste.
- Acumular varios avisos pendientes y descubrirlos al momento de renovar, cuando todo se complica.
Qué incluye nuestro acompañamiento
- Revisión de qué avisos tienes pendientes y de si ya venció el plazo.
- Preparación de los documentos y comprobantes de cada aviso.
- Presentación del aviso ante el INM y conservación del acuse.
- Regularización de avisos atrasados, con revisión de riesgos y de la posible multa.
- Atención directa con la abogada titular, en español o inglés, por videollamada.
- Defensa si el INM impone una multa o niega algo por avisos pendientes: recurso de revisión, juicio de nulidad ante el TFJA o amparo.
Los honorarios se explican después de la consulta, según tu caso.
Preguntas del trámite
¿En cuánto tiempo debo avisar un cambio?
¿Qué pasa si no avisé a tiempo?
¿Tengo que avisar si me mudo dentro de la misma ciudad?
¿Cambiar de empleo requiere permiso?
¿Hay costo oficial por avisar?
Información general, no constituye asesoría legal. Los requisitos y plazos pueden cambiar; confírmalos en tu consulta.
Empieza con una consulta de 1 hora
Sales con tu vía migratoria, lista de documentos y plan. USD 50, acreditables al trámite.
Los USD 50 se acreditan a tu trámite si lo contratas.