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HRT Consulting · Abogados Migratorios

Residencia permanente en México: abogada migratoria.

En pocas palabras

La residencia permanente te permite vivir en México sin fecha de vencimiento de tu condición de estancia y sin renovar cada año. Se obtiene por distintas vías, como cuatro años previos de residencia temporal, vínculo familiar o jubilación, y se tramita en el INM o en un consulado según la vía.

¿Es para ti?

  • Si ya tienes residencia temporal y estás por completar el tiempo que la ley pide para pedir la permanente.
  • Si estás casado o en concubinato con una persona mexicana o con un residente permanente.
  • Si eres jubilado o pensionado con ingresos del extranjero y quieres establecerte en México.
  • Si eres padre, madre o hijo de una persona mexicana y quieres vivir en el país sin renovaciones.

Requisitos generales

Una vía que la ley reconozca
La ley de Migración prevé varias: haber sido residente temporal durante el tiempo que exige la ley, vínculo familiar con persona mexicana o residente permanente, jubilación o pensión, y el sistema de puntos, entre otras. No todas están igual de disponibles en la práctica.
Tarjeta de residente temporal vigente
Si vienes de la residencia temporal, necesitas tu tarjeta y que tu estancia esté en regla. Una estancia irregular o con avisos pendientes puede complicar la solicitud.
Constancia de tiempo de residencia
El INM revisa tus movimientos migratorios. Revisamos tu historial para confirmar que cumples el periodo y que tus ausencias del país no afectan tu caso.
Comprobante de tu vía
Acta de matrimonio, de nacimiento o constancia de concubinato en vínculo familiar; documentos de pensión o jubilación en esa vía. Los documentos extranjeros suelen requerir apostilla y traducción.
Solicitud, identificación y fotografías
El formato de solicitud, pasaporte vigente, tarjeta anterior y fotografías conforme a las especificaciones del INM.
Pago de derechos
El INM cobra derechos conforme a la Ley Federal de Derechos vigente. Te indicamos el concepto exacto antes de que pagues.

La lista final depende de la vía. Si vienes de una residencia temporal por vínculo familiar, el tiempo previo que se pide puede ser menor al general; lo confirmamos en la consulta con tu caso concreto.

Proceso paso a paso

  1. Paso 1: Elegir la vía y revisar tu historial

    Revisamos tu tarjeta, tus fechas de entrada y salida y tu situación familiar o económica. Si hay inconsistencias, se corrigen antes de solicitar.

  2. Paso 2: Reunir y ordenar el expediente

    Armamos documentos, verificamos apostillas y traducciones y revisamos que los datos coincidan con los registros del INM.

  3. Paso 3: Presentar la solicitud

    Según tu vía, la solicitud se presenta en una oficina del INM en México o en un consulado. Se registra la solicitud, se revisan los documentos y, si falta algo, el INM puede prevenirte para que lo completes.

  4. Paso 4: Pagar derechos y dar biométricos

    Cuando el INM acepta tu solicitud, pagas los derechos correspondientes y entregas huellas y fotografía.

  5. Paso 5: Resolución y entrega de tarjeta

    El INM emite su resolución. Si es favorable, recibes tu tarjeta de residente permanente. Si es negativa, se revisan las opciones de defensa dentro de plazos cortos.

Tiempos estimados

Tiempos estimados
Preparación del expediente De una a varias semanas, según los documentos con los que ya cuentes.
Resolución del INM Varía por oficina y por vía. Suele medirse en semanas o pocos meses, y el INM puede pedir información adicional.
Antes de solicitar En la vía de residencia temporal previa, depende de completar el tiempo mínimo que fija la ley.

Errores frecuentes

  • Solicitar antes de cumplir el tiempo exigido, o contarlo mal por no revisar el historial de movimientos migratorios.
  • Tener avisos pendientes de domicilio, estado civil o trabajo ante el INM cuando presentas la solicitud.
  • Suponer que la permanente es automática después de renovar varias veces la temporal.
  • Documentos extranjeros sin apostilla o con traducciones que no son de perito.
  • No guardar copia del acuse de solicitud, que es tu comprobante de que el trámite está en curso.

Qué incluye nuestro acompañamiento

  • Consulta inicial para definir tu vía y verificar si ya puedes solicitar.
  • Auditoría de tu historial migratorio y de tus avisos ante el INM.
  • Revisión y armado del expediente.
  • Acompañamiento en la presentación, en las prevenciones y en el seguimiento hasta la resolución.
  • Atención directa con la abogada titular, en español o inglés, por videollamada.
  • Defensa ante una negativa: recurso de revisión, juicio de nulidad ante el TFJA o amparo.

Los honorarios se explican después de la consulta, según tu caso.

Preguntas del trámite

¿Cuánto tiempo necesito como residente temporal?
Por regla general, la ley prevé cuatro años de residencia temporal para pedir la permanente. Hay vías con periodos menores, como ciertos casos de vínculo familiar. Revisamos cuál aplica a tu situación.
¿La residencia permanente vence?
La condición de residente permanente no tiene fecha de vencimiento como la temporal. Aun así, tienes obligaciones, como notificar cambios de domicilio, estado civil o trabajo, y mantener tu tarjeta actualizada.
¿Puedo trabajar con residencia permanente?
Sí. La residencia permanente incluye autorización para trabajar sin necesidad de solicitar un permiso adicional por cada empleo.
¿Puedo pedirla directamente sin pasar por la temporal?
Solo en algunas vías, como ciertos casos de vínculo familiar o jubilación, y en algunos consulados. No es una opción general, así que se confirma según tu caso y el consulado.
¿Qué pasa si el INM niega mi solicitud?
Puedes impugnar la resolución con recurso de revisión, juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o amparo, siempre dentro de plazos cortos. Mientras más pronto lo revisemos, más opciones tienes.

Información general, no constituye asesoría legal. Los requisitos y plazos pueden cambiar; confírmalos en tu consulta.

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Los USD 50 se acreditan a tu trámite si lo contratas.